Informe de Evaluación del Edificio
I.E.E.
El Informe de Evaluación del Edificio es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética.
La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.
es una obligación
Están obligados los propietarios de inmuebles ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años. También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda. El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación regulado por el Real Decreto 7/2015 tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios o equivalente, en el plazo expresamente establecido.
Recomendamos una inspección previa, consistente en una visita presencial de un técnico especialista y la redacción de un informe completo sin consecuencias legales, para acometer en su caso las obras necesarias y obtener posteriormente un INFORME FAVORABLE, acortando los plazos.
Para la redacción del I.E.E. los técnicos evaluadores deben tener amplios conocimientos en diversos ámbitos de la edificación, rehabilitación, conservación, peritaje, accesibilidad, análisis y certificación energéticos, etc.
Nuestros informes están basados en la experiencia y formación, ofreciendo una inspección objetiva e independiente.
Si así lo desea podemos gestionar todos los trámites ante su ayuntamiento.
Amplía para ver cómo trabajamos
Cuando de la inspección realizada resulten deficiencias, se establece que para justificar el cumplimiento del deber legal de conservación, se tiene que certificar la realización efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible y en el tiempo señalado al efecto.
Para acreditarlo ofrecemos diferentes servicios post-I.E.E.:
- Asistencia para la contratación de obra
- Supervisión de las obras
- Redacción de proyecto de obras
- Dirección facultativa de las obras
- Asistencia para la mejora de la eficiencia energética
- Certificado de idoneidad técnica
- Seguimiento de expedientes